REPRESENTANTES SECTORIALES
COMITÉ DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO
Algunas de las funciones del órgano ejecutivo son:
Las principales funciones del órgano técnico son:
Cada órgano del comité debe conformarse de la siguiente manera:
Conformación de ambos órganos del comité
Funciones
Un presidente que sea representante de la autoridad responsable del proceso. Cabe señalar que, en el caso de los procesos de ordenamiento ecológico regional que incluyen dos o más estados, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) es la instancia gubernamental responsable de conducir el proceso.
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Conducir sesiones.
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Representar al comité ante autoridades o particulares.
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Presentar a las autoridades los acuerdos alcanzados.
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Coordinar la definición de la agenda ambiental y verificar su cumplimiento.
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Vigilar la realización de los acuerdos.
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Presentar las propuestas y resultados del órgano técnico al órgano ejecutivo.
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Emitir voto de calidad en las sesiones.
Un secretario que es nombrado por los miembros del órgano y que puede rotar.
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Convocar a sesiones.
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Formular y distribuir las actas de sesión.
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Pasar lista de asistencia y determinar el quórum legal.
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Ejecutar y dar seguimiento a acuerdos y compromisos.
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Integrar el expediente técnico.
Los demás representantes que conforman el órgano.
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Proporcionar la información de su competencia.
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Emitir comentarios o propuestas sobre el orden del día.
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Revisar y aprobar las actas de sesión.
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Revisar y aprobar los informes técnicos.