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REPRESENTANTES SECTORIALES

COMITÉ DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO

Es importante señalar que la estructura del comité puede variar de un proceso a otro; por ejemplo, se pueden modificar las dependencias de gobierno y los sectores que participan, el número de representantes que lo integran y su distribución en el órgano ejecutivo y el órgano técnico.

 

Sin embargo, para su conformación es necesario que el número de personas sea manejable (evitar reuniones largas e inoperantes por un número demasiado grande de integrantes), que exista quórum en las sesiones y que haya un equilibrio entre el número de representantes del gobierno y el de la sociedad.

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Instalación de comité de ordenamiento ecológico de Tijuana. Fotografía: Infobaja.

Las principales funciones del comité son:

Elaborar un reglamento interior donde se establezca la organización, el funcionamiento y las reglas de operación.

Verificar el cumplimiento del reglamento interior.

Revisar que los resultados del proceso de ordenamiento ecológico se incluyan en la bitácora ambiental.

Promover la participación de todos los actores sociales vinculados con el uso y aprovechamiento del área de ordenamiento.

Incluir los intereses y las necesidades sectoriales en el proceso de planeación.

Lograr la congruencia de planes, programas y acciones sectoriales en el área de ordenamiento.

Establecer mecanismos de diálogo y concertación para legitimar el programa de ordenamiento ecológico y propiciar negociaciones ecuánimes y serenas, que permitan el análisis y la solución de conflictos ambientales en el área de ordenamiento.

Evaluar la efectividad y la congruencia de los programas de ordenamiento ecológico y, en su caso, proponer su actualización.

No olvides que…

Las funciones de los representantes sectoriales se establecen en el reglamento interno y pueden variar de acuerdo al órgano al que pertenecen.

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